La nueva norma facilita la donación de alimentos aptos para el consumo y establece sanciones para quienes incurran en el desperdicio injustificado.
Según el más reciente Informe Global sobre Crisis Alimentarias, en Colombia más de 7,8 millones de personas enfrentan inseguridad alimentaria aguda y cerca del 40 % de la población vive en condición de pobreza.
A partir de ahora entidades como la DIAN, el INVIMA y las Fuerzas Militares podrán donar alimentos decomisados o incautados que se encuentren en buen estado evitando que se pierdan y destinándolos a las personas más vulnerables.
Los Bancos de Alimentos departamentales, distritales y municipales, actuarán como aliados operativos para la ejecución de los programas y proyectos del Fondo.
Frente a esto, Jorge Benedetti, senador que dio la iniciativa ante el congreso afirma que “Ahora logramos trazar una política pública para que los alimentos incautados a favor del estado como es el caso de la DIAN que solo el año pasado incautaron más de 5.000 toneladas de alimentos y la quemaron, ahora pasen a los bancos de alimentos y lleguen donde están pasando física hambre.”
El desperdicio de alimentos se sancionará con multas de 1 a 3 salarios mínimos mensuales si se trata de microempresas o de personas jurídicas sin ánimo de lucro; de 3 a 10 salarios si se trata de pequeñas empresas; de 10 a 25 salarios si son medianas empresas y de 25 a 40 salarios si son grandes empresas o una entidad pública.
La ley también se actualiza cada 5 años la Política Pública de Garantía Progresiva del Derecho Humano a la Alimentación y la Encuesta Nacional de Situación Nutricional, garantizando que el país cuente con información precisa para enfrentar este reto.