El Juzgado Primero Penal del Circuito de Riohacha, resolvió confirmar lo resuelto por el Juzgado Segundo Penal Municipal de Riohacha en primera instancia, el 30 de marzo de 2023, en declarar improcedente la tutela interpuesta por Sintracomfaguajira, en contra de la Caja de Compensación Familiar de La Guajira.
Lo anterior en respuesta al proceso jurídico donde representantes del Sindicato, los cuales iniciaron una acción de tutela contra la Caja de Compensación Familiar de La Guajira, peticionando entre otros, su reintegro a la institución; en el fallo de primera instancia, se determinó, entre otros apartes:
“En el caso que nos ocupa, el sindicato Sintracomfaguajira notifica a su empleador de su existencia, después de haber recibido las cartas de despido, razón por la cual a la vista de este despacho no existía el fuero sindical de ninguno de sus miembros al momento del despido, en razón a que la creación del sindicato no era oponible a terceros, por lo que no se puede endilgar una vulneración de derechos de asociación en favor de los miembros de una organización sindical que fueron despedidos por el empleador que desconoció en su momento el nacimiento de dicho sindicato a la vida jurídica, en consecuencia no se vislumbra vulneración alguna del derecho de asociación o sindicalización por parte de la accionada (…)”.
Por su parte, la Caja de Compensación Familiar de La Guajira aseguró que continuará desarrollando estrategias y procesos administrativos de mejora, respetuosos de sus trabajadores, de la Constitución y la ley, con el fin de lograr superar la crisis financiera y jurídica.
Crisis que precisamente dio lugar a la intervención administrativa decretada por al Superintendencia de Subsidio Familiar y la orden de liquidación del programa de salud Comfaguajira EPS y a corto y mediano plazo obtener el sostenimiento y equilibrio financiero que requiere la entidad, para seguir brindando servicios de calidad y bienestar a todos sus afiliados en el departamento.